Contratación Pública

¿Qué es la Contratación Pública?

Es el procedimiento por el cual un ente del sector público selecciona a la persona física o jurídica que tiene que ejecutar una obra, prestar un servicio o suministrar un bien, para satisfacer una finalidad pública.




¿En qué se diferencia de la Contratación Privada? 

La diferencia entre entre ambas contrataciones radica en que la contratación privada es básicamente un acuerdo formal entre las partes involucradas, donde puede llegar haber flexibilización de términos y condiciones acordadas en común; mientras que en la contratación publica, se entran a competir varios interesados en adquirir la licitación y están sujetas a condiciones establecidas por el Estado o por la Entidad Pública licitadora.




1. Por regla general, en la Contratación Pública la elección del contratista se hace a través de licitación pública y ésta conlleva varios pasos que se deben surtir para su legalidad tales como la apertura mediante acto administrativo motivado, la elaboración de los pliegos de condiciones, el aviso público de apertura de la licitación, audiencia de aclaraciones, presentación de propuestas, cierre, evaluación y adjudicación mediante acto motivado. 

2. Las sociedades privadas no deben hacer el proceso de licitación sino pueden hacer la contratación de manera directa y privada. Esto puede representar una ventaja, ya que puede ser un proceso mucho más flexible y rápido, pero puede dar pie a irregularidades debido a la poca transparencia.

Principios de la Contratación Pública



  1. Transparencia: Se garantiza que las reglas de la contratación sean objetivas, claras, justas y completas, que permitan una participación activa e idónea entre los proponentes.
  2. Economía: Se deben usar la menor cantidad de recursos, en el desarrollo de las etapas necesarias para el proceso de la contratación, igualmente determinar que dentro del proceso no se debe exceder del presupuesto asignado.
  3. Responsabilidad: En este término aplican todos los involucrados en el proceso de la contratación, donde cada uno tiene derecho y deber de responder jurídicamente ante la presencia de perjuicios.
  4. Selección Objetiva: Todos los contratos públicos firmados deben mantener igualdad entre las partes frente a los compromisos firmados, en caso de haber alguna desviación al contrato, debe retornar a su curso normal tomando las medidas necesarias continuando con su objetividad.
  5. Planeación: Se debe llevar un cronograma de desarrollo y de ejecución tanto para el proceso de contratación como para la presentación de propuestas.



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